Las entidades de gestión de derechos de autor cuentan con un mandato legal del Ministerio de Cultura que les autoriza a recaudar todos los derechos de autor que se generen por comunicación pública (esto se llama gestión colectiva obligatoria), por ejemplo en la tele, sea el autor socio o no de alguna entidad.
Por otro lado, hasta que esto no cambia, la Ley establece que todos los autores podrán reclamar sus derechos, aunque no sean socios.
Si no eres socio de ninguna entidad de gestión y tu obra se ha emitido en televisión o radio o has tocado en alguna sala, fiesta o boda y te consta que quien te programó ingresó los derechos de autor correspondientes, si has grabado tu música o tu peli en CDs sobre los que has pagado canon, si tu libro se presta en las bibliotecas y no eres socio de CEDRO…. las sociedades de gestión han recaudado algo que es tuyo y que puedes reclamar.